Garantías aduaneras.
Son necesarias para garantizar a las diversas administraciones aduaneras el pago de derechos arancelarios. El pago de estos derechos, según las Ordenanzas aduaneras, puede aplazarse por una garantía del 100%.
Mediante esta garantía se asegura a la aduana la salida de la mercancía o, en caso contrario, el pago del derecho arancelario no cobrado.
Se puede prestar garantía en los siguientes casos:
En estos tres casos, la Aduana debería cobrar arancel a la entrada del producto en España y devolverlo a la salida, pero, como se apuntaba anteriormente, las Ordenanzas Aduaneras permiten la entrega de una garantía que sustituye al arancel que debería haberse pagado.